DISCRIMINACI脫N O DIFERENCIA DE PENSAMIENTO?
Por: Lic. V铆ctor Hugo Fern谩ndez Garc铆a
Licenciado en Psicolog铆a, Diplomado en Psicolog铆a Criminal y Forense
Ombdusman en la Unidad de Estudios Superiores Ixtapaluca
Discriminaci贸n es una palabra que en 煤ltimos tiempos se ha usado con mayor frecuencia en el 谩mbito social y de las relaciones personales. Esta palabra se puso de “moda” a partir del reclamo social por el que se exclu铆a a las personas de algunos espacios y oportunidades, o se les daba un trato denigrante a diferencia de otros, siendo el factor com煤n la diferencia con un grupo predominante espec铆fico.
Fue en el a帽o 2005, cuando se realiz贸 la primer Encuesta Nacional sobre Discriminaci贸n en M茅xico, bajo la responsabilidad del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminaci贸n (Conapred) y la Secretar铆a de Desarrollo Social (SEDESOL), con el prop贸sito de “obtener datos estad铆sticos sobre la dimensi贸n del problema de la discriminaci贸n en nuestro pa铆s y que 茅stos se convirtieran en indicadores para la opini贸n p煤blica”.
Los grupos a los que se aplic贸 la citada encuesta fueron personas consideradas dentro de los “grupos vulnerables” a recibir un trato discriminatorio, es decir, personas adultas mayores, ind铆genas, personas con discapacidad, minor铆as religiosas, mujeres y personas no heterosexuales, as铆 como una parte para personas que no encuadraran en alguna de las anteriores. Los resultados fueron entonces alarmantes: 9 de cada 10 personas encuestadas opinaron que hay trato discriminatorio por las condiciones particulares y al menos 1 de cada 3 personas encuestadas afirm贸 haber recibido un trato discriminatorio en el 煤ltimo a帽o.
Los resultados de la Encuesta Nacional sobre la Discriminaci贸n 2010, realizada por el Instituto de Investigaciones Jur铆dicas de la Universidad Nacional Aut贸noma de M茅xico, no ofrecen un panorama mejor, pues en t茅rminos generales, cinco a帽os despu茅s de la primer encuesta, se sigue percibiendo el clima de desigualdad en el trato hacia las personas por raz贸n de condiciones particulares.
Se podr铆an se帽alar culpables de esta circunstancia, pudiendo decir que el Gobierno no ha tenido resultados en las acciones y programas para prevenir y erradicar la discriminaci贸n, tambi茅n se podr铆a se帽alar la apat铆a social y p茅rdida de valores en las sociedades, o los cambios en los paradigmas de la educaci贸n informal en casa. Lo cierto es que el problema es multifactorial, por lo que el abordaje del problema debe ser desde diferentes sectores y perspectivas, que puedan cubrir las expectativas del bagaje de diferencias entre la poblaci贸n que caracteriza nuestro Pa铆s.
El derecho no se sustrae de esta necesidad, la Constituci贸n Pol铆tica de los Estados Unidos Mexicanos, en su art铆culo 1潞 contempla la protecci贸n a las personas contra la discriminaci贸n: “Queda prohibida toda discriminaci贸n motivada por origen 茅tnico o nacional, el g茅nero, la edad, las discapacidades, la condici贸n social, las condiciones de salud, la religi贸n, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. (P谩rrafo reformado DOF 04122006, 10062011. Art铆culo reformado DOF 14082001)”.
Pero, ¿qu茅 es discriminaci贸n? El t茅rmino discriminaci贸n es definido por Rodr铆guez Zepeda (2004) como:
“…una conducta, culturalmente fundada, sistem谩tica y socialmente extendida, de desprecio contra una persona o grupo de personas, sobre la base de un prejuicio negativo o un estigma relacionado con una desventaja inmerecida, y que tiene por efecto (intencional o no) da帽ar sus derechos y libertades fundamentales”.
Una persona que por su ideolog铆a particular no est谩 de acuerdo y a煤n rechaza un pensamiento o estilo de vida diferente, no est谩 obligada a transformar su pensamiento ni hace de esa persona discriminatoria, pues tambi茅n prevalece el derecho de libertad ideol贸gica y de expresi贸n. A煤n ante una manifestaci贸n de intolerancia al pensamiento o estilo de vida diferente, no se configura la conducta de discriminaci贸n. Esto es que, de acuerdo a los elementos que se se帽alan en el concepto de discriminaci贸n, s贸lo se logra configurar uno o si acaso dos de los tres elementos necesarios, estudiados en p谩rrafos arriba.